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¿Cuánto tiempo tengo para reclamar un accidente? Plazos por estado

Tus derechos 4 min de lectura

"Fue hace cuatro meses, ¿ya es tarde?" Casi nunca es tarde para el reclamo formal. Pero sí hay plazos cortos que corren desde el primer día, sobre todo para avisar a tu patrón, y cada semana que pasa la aseguradora tiene más argumentos. Aquí están los plazos generales, estado por estado, y lo que hay que hacer con ellos.

Tres plazos distintos

Cuando hablamos de "cuánto tiempo tengo", en realidad son tres relojes:

  1. El aviso al patrón en un accidente de trabajo: días o semanas. Es el que más gente pierde.
  2. El reclamo formal de compensación laboral ante la oficina del estado: uno a tres años.
  3. La demanda por lesiones personales (accidente de auto, caída en una propiedad, producto defectuoso): dos o tres años en la mayoría de los estados.

Perder el primero no siempre mata el caso, pero lo debilita. Perder el segundo o el tercero sí lo cierra, salvo excepciones.

Plazos por estado

Son los plazos generales que publica cada estado. Hay excepciones (menores de edad, enfermedades que aparecen tarde, reclamos contra el gobierno, lesiones que se descubren después) y cambian con el tiempo; el abogado confirma el tuyo.

Illinois. Aviso al patrón: 45 días. Reclamo de compensación laboral: 3 años desde el accidente o 2 desde el último pago. Demanda por lesiones: 2 años. Más en Illinois.

California. Aviso: 30 días. Reclamo: 1 año. Demanda por lesiones: 2 años. Más en California.

Texas. Aviso: 30 días. Reclamo: 1 año. Demanda por lesiones: 2 años. Si tu patrón no tiene seguro de compensación laboral (en Texas es opcional), la demanda directa también suele ser de 2 años. Más en Texas.

Florida. Aviso: 30 días. Reclamo: 2 años. Demanda por negligencia: 2 años (desde 2023). Y una regla propia: en accidente de auto hay que ver a un doctor en 14 días para que pague tu seguro PIP. Más en Florida.

Nueva York. Aviso: 30 días por escrito. Reclamo: 2 años. Demanda por lesiones: 3 años. Beneficios sin culpa de tu propio seguro de auto: solicitud en 30 días. Más en Nueva York.

Arizona. Aviso: de inmediato. Reclamo: 1 año. Demanda por lesiones: 2 años. Más en Arizona.

Georgia. Aviso: 30 días. Reclamo: 1 año. Demanda por lesiones: 2 años. Más en Georgia.

Nueva Jersey. Aviso: cuanto antes, idealmente en 14 días (después de 90 podrías perder beneficios). Reclamo: 2 años. Demanda por lesiones: 2 años. Más en Nueva Jersey.

Carolina del Norte. Aviso: 30 días por escrito. Reclamo: 2 años. Demanda por lesiones: 3 años. Más en Carolina del Norte.

Nevada. Aviso (formulario C-1): 7 días. Reclamo (C-4): 90 días. Demanda por lesiones: 2 años. Más en Nevada.

Colorado. Aviso: 10 días por escrito. Reclamo: 2 años. Demanda por lesiones: 2 años, y 3 en accidentes de auto. Más en Colorado.

Washington. Aviso: de inmediato. Reclamo en L&I: 1 año. Demanda por lesiones: 3 años. Más en Washington.

Si tu estado no está, llámanos: atendemos a toda la unión americana.

Por qué no conviene esperar aunque "haya tiempo"

El plazo legal es el último día posible, no el recomendado. Lo que se pierde mientras esperas:

Excepciones que podrían darte más tiempo

Y excepciones en contra: si el responsable es el gobierno (un autobús público, una calle mal mantenida, una escuela), los plazos para dar aviso son mucho más cortos, a veces de meses.

Qué hacer hoy

  1. Anota la fecha exacta del accidente.
  2. Si fue de trabajo y no has avisado, avisa hoy, por escrito.
  3. Si no has ido al doctor, ve.
  4. Llámanos. Revisamos gratis en qué plazo estás y qué sigue; te conectamos con un abogado de tu estado que cobra sólo si ganas.

Casi nadie pierde un caso por reclamar demasiado pronto. Muchos lo pierden por esperar.

Justicia Latina LLC es una empresa de publicidad y enlace médico-legal. Lo que lees aquí es información general para la comunidad latina en Estados Unidos; no es asesoría legal ni crea una relación abogado-cliente. Cada caso es distinto y las leyes y plazos cambian por estado: un abogado con licencia en tu estado revisa el tuyo. La representación la dan abogados independientes; si no hay recuperación, el cliente no paga honorarios de abogado según su contrato de contingencia.

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